Los
corredores: Son agentes de comercio que dispensan su
mediación a los comerciantes para facilitarles la conclusión de sus contratos.
Un ejemplo podría darse con
un corredor de bolsa, el cual ejerce una actividad comercial bajo una
personalidad jurídica, donde si la empresa Berax, C.A., necesita aceite para
motores y decide contratar un corredor, este funge inmediatamente como un intermediario,
el cual deberá buscar e investigar la empresa que posea el producto para
verificar si dicha empresa es confiable y cuenta con la cantidad necesaria de
mercancía para abastecer a la empresa Berax, C.A., luego de esto el corredor da
la información a Berax, C.A., y esta puede proceder a realizar la compra. En
dado caso que la empresa resultase ser ilegal o faltara en la venta, vendiendo
productos de mala calidad, la empresa Berax, C.A., puede proceder a levantar un
proceso judicial contra la personalidad jurídica que representa el corredor y
no contra el corredor.
Los
comisionistas: Son aquellas personas que ejercen actos de
comercio en nombre propio y por cuenta de un comitente.
Ejemplo, Si Ramón Pérez
(comitente) busca los servicios de la agencia inmobiliaria Jr F.P., para vender
su casa. El comprador solo se relacionara con el comisionista y al darse la
venta del inmobiliario donde el comisionista celebra la compra-venta con el
comprador, dirá “firmo este contrato por cuenta de tercero”, no indicará el
nombre del comitente, o podrá decir “vendo esta casa” sin decir nada más. Donde
el comprador, que no conoce al comitente (Ramón Pérez), no tiene acción contra
él para reclamarle derechos emergentes del contrato; solo podrá dirigir sus
acciones contra el comisionista, a quien si conoce. Vale denotar que
internamente en la relación comitente y comisionista, se deberá formalizar una
rendición de cuentas. Donde el comisionista le exigirá al comitente la llave
del inmobiliario y le entregará el dinero obtenido del comprador descontándole su
porcentaje por lograr vender el inmobiliario.
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